NUEVAS CAUSAS DE NULIDAD DE LOS DESPIDOS

13 abril 2023

El pasado 28 de marzo el Consejo de Ministros aprobó el proyecto de Ley de Familias. Para constatar sus efectos, aún debemos esperar a su publicación oficial en el BOE. Dicha ley pretende dar protección, frente a posibles situaciones de despido, a los empleados que se acojan a medidas de conciliación de la vida personal, familiar y laboral.

Destacamos, entre los puntos más relevantes de dicho proyecto de Ley, una ampliación de las causas de nulidad de los despidos. Dicha ampliación afectará tanto a los despidos objetivos como a los disciplinarios, modificando, para ello, los artículos 53.4 y 55.5 del Estatuto de los Trabajadores (en adelante ET).

: Se modifica el redactado del artículo 53.4 ET, respecto al despido objetivo y el artículo 55.5 respecto al despido disciplinario y dey se considerarán despidos nulos, adicionalmente a los supuestos que ya estaban regulados, a menos que se declare su procedencia, los siguientes supuestos:

1.- Los despidos de personas trabajadoras durante el futuro permiso parental de ocho semanas (permiso aún en proyecto de ley). Este permiso se podrá disfrutar de forma continua o discontinua, a tiempo completo o a jornada parcial

2.-Los despidos de personas trabajadoras que se acojan a la solicitud de adaptación de jornada (incluyendo la posibilidad de solicitar teletrabajo)

3.- Los despidos de personas trabajadoras que disfruten de los futuros cinco días de permiso por accidente o enfermedad graves u hospitalización que regula la Ley de Familias

4.-Los despidos de personas trabajadoras que tomen el permiso de dos días (4 si hay desplazamiento) por fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad

5.-Los despidos de las personas trabajadoras víctimas de violencia sexual

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